¿Qué nos cabe esperar ahora respecto al canon digital?
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Con la sentencia en la UE sobre el canon digital hemos asistido a una montaña rusa de interpretaciones. Desde lecturas eufóricas que apuntaban a que "el canon había sido declarado ilegal" hasta otras más pausadas y realistas que nos ayudaban a entender que no hay anulación del canon, sino que además se refuerza la justificación nuclear del mismo: para cobrarlo no es necesario demostrar que el dispositivo gravado va a ser utilizado para hacer copias privadas. Lo que sí señala la sentencia es que las personas jurídicas (empresas, organizaciones, administraciones públicas) deben quedar exentas de pagar el canon, pero los particulares deberán seguir haciéndolo.
¿Qué nos cabe esperar ahora respecto al canon digital?
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¿Qué nos cabe esperar ahora respecto al canon digital?
Con la sentencia en la UE sobre el canon digital hemos asistido a una montaña rusa de interpretaciones. Desde lecturas eufóricas que apuntaban a que "el canon había sido declarado ilegal" hasta otras más pausadas y realistas que nos ayudaban a entender que no hay anulación del canon, sino que además se refuerza la justificación nuclear del mismo: para cobrarlo no es necesario demostrar que el dispositivo gravado va a ser utilizado para hacer copias privadas. Lo que sí señala la sentencia es que las personas jurídicas (empresas, organizaciones, administraciones públicas) deben quedar exentas de pagar el canon, pero los particulares deberán seguir haciéndolo.