La LISI aprobada en el congreso
La LISI ha sido aprobada en el congreso y a la espera de su paso por el Senado, sigue generando bastante inquietud. Tras la retirada del artículos 17bis, se sigue discutiendo acerca del cierre de páginas web por la administración. El problema ya lo comentamos por aquí, la nueva LISI quiere distinguir entre páginas web en las que se ejerza la libertad de expresión, y que sólo podría cerrar un juez, de otras en las que no y que podrían ser retiradas por "órganos administrativos competentes". Citando textualmente:
"la autorización del secuestro de páginas de Internet o de su restricción cuando ésta afecte a los derechos y libertades de expresión e información y demás amparados en los términos establecidos en el artículo 20 de la Constitución sólo podrá ser decidida por los órganos jurisdiccionales competentes"
El símil offline sería que sólo un juez puede cerrar un periódico, pero que órganos administrativos pueden detectar locales en los que se trafica y cerrarlos de inmediato. El planteamiento de la LISI es extrapolar esta forma de proceder a internet, como si en la web sólo hubiese páginas puras de contenidos y otras que fuesen únicamente comercios, algo que - por poner un ejemplo - es imposible de sostener desde el momento en que existen webs como la de El País, con sus contenidos, pero también con su tienda online integrada. En caso de detectar un delito en la tienda de este tipo de páginas ¿qué es lo que propone la LISI? ¿Hace falta un juez para cerrarlas? Pues será la autoridad administrativa quien determinade si un contenido afecta o no a la libertad de expresión.
Falla la LISI al intentar de extrapolar situaciones offline al contexto más complejo de la web. El resultado puede ser desastroso si en el Senado no se arregla: la libertad de expresión de facto en manos de autoridades administrativas.
Más información: Texto en PDF, Microsiervos, Buffet Almeida, El Mundo.