Grokster derrotada en el Supremo
Las redes de intercambio de ficheros pueden ser demandadas por las infracciones del copyright que hagan sus usuarios. Esta es la consecuencia de la derrota de Grokster frente a MGM en el Tribunal Supremo de Estados Unidos. A pesar de haber vencido en instancias inferiores, nos encontramos ante la gran victoria de los estudios de Hollywood y las discográficas (vía PCWorld).
Aunque el intercambio de ficheros no sea ilegal en España y otros muchos países, las consecuencias mucho me temo que no tardaremos en verlas. Las discográficas ya no tendran que pagar por la mala imagen que trae el demandar a civiles y podrán concentrarse en los dueños de las redes. Ahora bien, esto no supone que las redes P2P hayan sido condenadas, sino que pueden ser demandadas y que la condena dependerá de "su ánimo a compartir contenidos con copyright".
A partir de ahora a las redes P2P se les presenta un dilema con tres opciones: desaparecer, habilitar un mecanismo para impedir el intercambio de contenidos con copyright o seguir igual y cruzar los dedos para no sufrir ninguna demanda que sea atendida por los tribunales. Un aciago día para el P2P que ve como el Supremo le da la vuelta a la sentencia "Sony-Betamax", por la que los fabricantes de tecnología no son responsables del uso que de ellos hagan sus clientes en lo que a propiedad intelectual se refiere. ¿Qué significará que una red P2P anima a compartir contenidos con copyright? Pues podría llegar incluso a exigirse la adopción de tecnologías DRM que controlen que quien comparte y quien descargue haya pasado por caja o tenga permiso para ello. ¿Es posible ello en redes no centralizadas? Pues parece que quedan resquicios, aunque después de esta sentencia más vale no ser muy optimista.
Mariano también lo comenta.