Cameron Díaz contra Fleshbot
FleshBot es sin duda uno de los weblogs más exitosos de la red. Perteneciente a la factoría Gawker, de la que ya hablamos cuando Nike les encargó un blog, se dedica a enlazar páginas con contenidos para adultos de corte erótico o pornográfico. En una de sus últimas entradas enlazó a un sitio que contenía cierto vídeo, respecto a cuya difusión los abogados de Cameron Díaz mantienen una dura batalla legal. El vídeo pertenece a la primera etapa como actriz de la Díaz y en él aparece en topless. Recientemente emprendió una demanda contra el poseedor del mismo y de fotos de ella en dicha cinta, que pretendía sacarle una millonada a cambio de no publicarlo. El juez le ha puesto fianza al presunto extorsionador y no permite la difusión del contenido. Pues bien, los abogados de Cameron se han puesto en contacto con los responsables de Gawker y FleshBot, exigiendo la retirada del enlace como cuentan en Wired. Estos weblogs no hospedan, ni enlazan directamente la descarga, ni cobran por ello, pero aún así los abogados de la actriz de "Algo pasa con Mary" amenazan con llevarlos a juicio. En su defensa estos bloggers afirman que hay centenares de bitácoras en la red con el mismo enlace.
Si estuviesen en España, el caso estaría claro: por el artículo 17 de la LSSI deben de retirar el enlace. Ahora bien, parece que desde Gawker han optado por una solución de compromiso, retirando el enlace al sitio de la descarga y dejando otro a la caché de Googlo donde aparece el sitio. Así FleshBot no enlaza a ninguna página con descargas del vídeo de Cameron Días en topless, sino a Google.
Ejemplo enésimo de la magnitud del fenómeno blog en Estados Unidos y señal inequívoca de la cantidad de ojos observando a las bitácoras más populares. Cierto es que este enlace en cualquier otro weblog menos relevante pasa desapercibido, pero con FleshBot no ocurre así. No imagino de momento que esto se puede dar en la blogosfera hispanoamericana, aunque de darse en España, la LSSI es clara respecto a hecho como este: si el contenido enlazado es ilícito, el enlace debe ser retirado al ser informado el enlazador. La salida de apuntar a la caché de Google es ingeniosa (de nuevo en España no es válida, según la LSSI debe de ser retirado el resultado del buscador), pero n oparece que les vaya a librar de la Díaz.