Los informativos de Antena3 dicen que las descargas por internet son ilegales
Confieso que nos los he visto (no soy en absoluto habitual de los informativos de Antena 3) pero según se denuncia en Banda Ancha y en los propios foros de Antena 3, este mediodía han comunicado a su audencia que las "las descargas de Internet son ilegales". Se una así a la infame campaña de Telecinco desinformando y haciendo seguidismo de las tergiversadoras posturas de las sociedades gestoras de los derechos de autor. Conviene recordar más que nunca que no es delito bajar música o películas por internet por mucho que se difundan estas "desinformaciones".
Por cierto, además de el foro está nuestra disposición el correo "noticias@antena3tv.es" para poder compartir con los responsables nuestro parecer ante su rigurosidad.
Actualización: el infame vídeo, vía No sólo blogs.
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Comentarios
Lo que es verdad y lo que no...
Sinceramente me he reido cuando he leido este post... jejeje lo que quieren infundir y lo que no es verdad, de = manera me gustaria haceros un paralelismo. Vosotros podeis ver que los dos bandos de relación en este tema. Y yo por igual veo los dos lados sobre el "ESTATUT CATALÀ", al poner antena3 o tele5 cualquier programa en que se hable de ello se crea una opinión negativa y por mi parte y a la opinión de muchos catalanes EQUIVOCADA, no pudo abrir un debate en mi Blog porque no tengo las suficientes visitas como para hacerlo pero si a Antonio le interesa la idea me gustaria escribir un buen redactado haciendolo en una visión desde Cataluña y lo maximo neutral posible, explicando lo que se be desde catalunya cierto y lo que no. Más que nada pa que tengais una visión diferente de lo que se vende por TV ( que como podeis ver se equivocan mucho ). Es algo que me gustaria hacer, pero está en manos de ERROR500 yo lo propongo...
Saludos y poner un filtro a lo que dice la caja tonta.
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Http://barcelona.sytes.net
están perdiendo audiencia e
están perdiendo audiencia e ingresos de publicidad, ¿qué esperábais?
Todo lo contrario
En el mismo telediario de hoy medio dia he podido comprobar ON-Line el error de antena 3. Pero también otras noticias en las cuales se incluya el augmento de audiencia y ingresos... si tienes los numeros que corrabores lo que me dices, me gustaría verlos, mientras tanto me fiare de su noticia XD
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Http://barcelona.sytes.net
totalmente falso
Según la Ley de Propiedad Intelectual :
"Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni lucrativa."
Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31
extraido de www.nosoypirata.com
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barcelona.sytes.net
Nada nuevo
¿Qué esperáis? Prensa, televisión y radio siempre han visto Internet como una amenaza para sus negocios. Las noticias negativas con respecto a la red son constantes.
Y encima, como el morbo de "se está haciendo algo ilegal" (sea verdad o no) vende, pues con más razón lo ponen.
Ya quedan pocas verdades en los medios, sólo noticias elaboradas para subir los índices de audiencia, vía flames, trolls y FUDs.
Pues yo no estoy de acuerdo
Primero: Yo vi las noticias de A3 y vi ese reportaje, y se cuidaron muuuucho de decir siempre que es ilegal descargarlo "desde una página web", para no entrar en ese oscuro mundo legal de los P2P
Y, por otra parte, ya se q jode, pero DESCARGAR COSAS DEL EMULE ES ILEGAL. Otra cosa es q sea muy difícil de perseguir, de demostrar o lo que sea. Pero la gente que se proclama como abanderado de esas cosas simplemente porque lleva copiando juegois desde los tiempos de los 5'1/4 y música desde tiempos de los cassettes y lo da como una situación establecida de facto. La música y los programas hay que pagarlos!!!!!!!!!!!!!!!!!!!! Podemos discutir si las discográficas inflan los precios, si podría ser más barato pero COPIARLOS es ilegal, aparte de super-injusto. Porque es muy fácil mirara a BonJovi, a Eminem o a Alejandro Sanz y decir que no te da ninguna pena copiar un disco suyo porque están forrados…. Pero para eso roba ropa del Zara, porque total Amancio está forrado. O del Carrefour. O atraca bancos, que son unos ladrones con las comisiones.
NOOO!!!! Una cosa no justifica la otra. No tenemos derecho (ni legal ni moral) para copiar cosas por internet a traves de Emule o de lo que sea. Y defender las posturas contarias sería de hipócritas
Pensadlo desde este punto de vista:
Es otra vez el problema de la tangibilidad, cuando se ponga de moda comprar los libros en CD o directamente por internet y leerlos en PDAs o libros de tinta electrónica, pasará lo mismo con los autores de libros. No se puede cambiar de forma de pensar porq el formato favorece las copias…. Cuando la música se distribuía solo en vinilos y era muy difícil de copiar tú me prestabas un disco… pero cuando lo querías volver a escucharlo tenía que devolvértelo, y al final si nos gustaba a los dos… me acababa comprando otro.
Es un tema de soportes: Antes la propiedad intelectual estaba muy ligada al soporte que la contenía (el disco de vinilo). Ahora no, pero los derechos de los autores tienen que ser los mismos.
Además, si no lo protegemos, cada vez tendremos pelis de peor calidad, música de peor calidad y libros de peor calidad porque sin dinero no habrá detrás profesionales para grabarla, producirla , pulirla, invertir en equipos caros de sonido,………..
E insisto: Si los precios son abusivos es algo que podemos discutir, yo creo que sí lo son. Pero eso no justifica lo que se está debatiendo aqui
OJO, la poli somos todos (o era hacienda)
En el susodicho reportaje, aparecía un colega, identificado como jefe de no se que de la policía que decia que actualmente existen todos los médios necesarios para saber que ficheros se estan descargando y la línea que lo descarga. Es decir, técnicamente no problemo.
Lo que no dijo, es que se estuviera haciendo, técnicamente se puede obtener energía del agua, no quiere decir que haya pasta para hacerlo. Pos lo mismo, ni de coña se va a gastar la pasma dinero de mis impuestos para enchironar a un par de desgraciados que se bajan ficheros de la web y no hacen negocio con el.
Este puto...
Este puto gobierno se gastará tu pasta para eso y para más, quieras o no quieras. Ajo y agua.
Y si no estás de acuerdo vota en blanco.
Hasta eso depende del punto de vista
Mmmm Si recuerdo bien el reportaje esa tecnología se desarrolló para trackear fotos de sexo de/con niños menores de 7 años para perseguir a quien se las descargara. Y ya lo han incluído en 250000 fotos de ese tipo, videos,.. Por mi se pueden gastar en eso lo q quieran. Y si luego se reutiliza el sistema.....
Ah! Y el par de desgraciados q no hacen negocio pueden ser un par... de cientos de millones. Con lo q ninguno hace negocio pero si destruyen negocio. Y eso sí que es para tener más en cuenta
Desde el punto the Vista de Vista
Un ejemplo:
Opción1: Ir a un bar, tomarte una tapas, charlas con los amigos, se hacerca una chinita, y bualá, te compras por 3 leuros el último disco de Ricky Martin.
Total de la noche: 3€ disco + 6€ tapas.
Opción2:Te vas al var, te tomas las tapitas (jamon serrano iberico, vino tinto del 1965, queso manchego de ..., caviar con salda de .. y recubierto por ..). Te pasas al dia siguiente por el Corte Ingles, hablas amablemente con la dependienta, y te vende el último disco de Ricky Martin y todos los anteriores.
Total: 60€ cena + 60€ discos. (El corte ingles tan contento, el manager de ricky martin, la distribuidora, ricky martin, la amante de ricky, ...).
No porque haya piratería se pierde negocio, en PS2, la piratería es altísima y en PC aún más, pero los juegos se siguen haciendo y mucho y la gente gana dinero y mucho.
Eso si, unicamente lo bueno (bueno) sale adelante.
"Y, por otra parte, ya se q
"Y, por otra parte, ya se q jode, pero DESCARGAR COSAS DEL EMULE ES ILEGAL."
aljimmix te aconsejo que antes de hablar/escribir te informes un poquito.
yo lo diría de esta forma:
ya se que te jode pero DESCARGAR COSAS (PELIS/MUSICA) ES LEGAL MIENTRAS NO LO VENDAS (POR DERECHO)
y si no te lo crees te lees un poquito las leyes y dejas de dar tu propia opinión y confundir a la gente (en esto te pareces a muchisima gente, por ejemplo: Antena 3)
y no estamos hablando de si son caros o no son caros, de si podemos pagarlos o no podemos pagarlos, etc, etc...
Te guste o no te guste, es asi. LEGAL.
A ver: No es una opinión,
A ver: No es una opinión, es lo que hay, pero me voy a explicar por si no ha quedado claro.
"Descargar algo del emule" así, como suena, no es ilegal, de la misma forma que "copiar algo" así, como suena, no es ilegal. Pero maticemos: "Descargarte algo del emule cuyo original no posees" ES ILEGAL. Las copias de obras de arte con patentes son ilegales salvo para hacer copias de seguridad, y el agujero legal en el que batallan los P2P es que solo proporcionan un mecanismo para alyudar a hacer copias privadas. Luego están detalles como el hecho de que no se persiga a los particulares que descargamos cosas a pequeña escala(si, descargaMOS, es triste, pero yo tb lo hago. Pero sin caretas), o que no se pueda probar si tengo o no el original... Pero también es ilegal ir a 135Km/h por autopista, aunque a esa velocidad no te multen.
De todos modos, si insistes, te prometo que la próxima respuesta te la doy con citas a la ley de propiedad intelectual.
Por último (y esto si que es una opinión personal) creo que tu respuesta podría haber sido más respetuosa. Sobre todo una respuesta en la que el mejor argumento que he leído es que has puesto LEGAL con mayúscula, que sí, que llama mucho la atención y parece que gritas... pero no he leido ni un solo argumento
Facua
Diversos medios de comunicación impresos digitales están dando repercusión a una interpretación incorrecta de la reforma del Código Penal, que está sembrando temores infundados entre numerosos usuarios.
FACUA advierte que la copia y descarga de música y películas sin ánimo de lucro no están tipificadas como delito en la reforma del Código Penal
La Federación también denuncia que los sistemas anticopia que utiliza la industria discográfica y cinematográfica pueden estar incurriendo en una ilegalidad, al impedir que se ejerza el derecho de copia privada y limitar las funciones propias de los discos.
La Federación de Consumidores en Acción (FACUA) advierte que la copia y descarga de música y películas sin ánimo de lucro y la utilización de programas para eliminar los sistemas anticopia no están tipificadas como delito en la reforma del Código Penal, que entrará en vigor el próximo 1 de octubre, contrariamente a lo que vienen planteando en las últimas semanas diversos medios de comunicación impresos y digitales. Una información incorrecta que está sembrando temores infundados entre numerosos usuarios.
La confusión, advierte FACUA, proviene de una interpretación incorrecta de la Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica el Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre), en lo que se refiere a la nueva redacción del artículo 270 del mismo. El citado artículo tipifica como delito las citadas prácticas sólo si se producen "con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero".
También prohíbe el artículo 270 la importación, exportación y almacenamiento de las obras sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios, pero no se refiere a la descarga de los mismos en un ordenador a través de las redes de pares o P2P (del inglés peer to peer), sino a sacarlas del o introducirlas en el país. Y en cualquier caso, la Federación entiende que sigue planteándose como requisito el ánimo de lucro y perjuicio de tercero para considerarse como delito, ya que sería inconcebible que se considerase tal el hecho de que un usuario viaje de un país a otro acompañado de un disco, una película o un libro así como que almacene en su casa dichas obras, sin ningún ánimo comercial.
En lo que se refiere a los sistemas anticopia que poseen muchos CDs y DVDs, FACUA señala que no sólo no será delito usar programas que los eliminen, sino que es la industria la que puede estar cometiendo una ilegalidad al utilizarlos, ya que con ellos está obstruyendo el ejercicio del derecho a la copia para uso privado que reconoce a los usuarios el artículo 31 de la Ley de Propiedad Intelectual (cuyo Texto Refundido fue aprobado en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, y modificado por la Ley 5/1998, de 6 de marzo) y limitando las funciones propias de un CD para perjuicio de los consumidores, haciéndoles imposible en muchos casos la utilización de los discos en los reproductores de CDs de ordenadores personales y vehículos así como en determinados equipos musicales y llevar la música a sus reproductores de MP3.
En el texto reformado del artículo 270 del Código Penal se establecen "la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de 12 a 24 meses" para quien "con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero", condición que se obvia en la información que está circulando por los medios, "reproduzca, plagie, distribuya o comunique públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios". "Será castigado también con la misma pena", siempre que exista ánimo de lucro y perjuicio a tercero, "quien fabrique, importe, ponga en circulación o tenga cualquier medio específicamente destinado a facilitar la supresión no autorizada o la neutralización de cualquier dispositivo técnico que se haya utilizado para proteger programas de ordenador o cualquiera de las otras obras, interpretaciones o ejecuciones".
Por si sirve
Opinión completa
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Un usuario me preguntaba ayer qué opinaba sobre una noticia que se ha extendido por Internet a una velocidad de vértigo: la entrada en vigor, el próximo 1 de octubre, de la Ley Orgánica 15/2003 de reforma del Código Penal. En ella, y en lo que nos interesa en esta opinión, se modifica el artículo 270 del citado cuerpo legal, relativo a los delitos contra la propiedad intelectual. No quiero que quede un texto farragoso que eche para atrás a los usuarios a la hora de su lectura pero considero muy importante citar el artículo tal y como está ahora redactado y como quedará a partir de ese 1 de octubre a fin de que pueda entenderse el resto de la opinión.
--------------------------Redacción actual------------------------
1.- Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años o de multa de seis a veinticuatro meses quien, con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya o comunique públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios.
2.- La misma pena se impondrá a quien intencionadamente importe, exporte o almacene ejemplares de dichas obras o producciones o ejecuciones sin la referida autorización.
3.- Será castigado también con la misma pena la fabricación, puesta en circulación y tenencia de cualquier medio específicamente destinada a facilitar la supresión no autorizada o la neutralización de cualquier dispositivo técnico que se haya utilizado para proteger programas de ordenador.
-------------------------Nueva redacción--------------------------
1. Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de 12 a 24 meses quien, con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya o comunique públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios.
2. Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de 12 a 24 meses quien intencionadamente exporte o almacene ejemplares de las obras, producciones o ejecuciones a que se refiere el apartado anterior sin la referida autorización. Igualmente incurrirán en la misma pena los que importen intencionadamente estos productos sin dicha autorización, tanto si éstos tienen un origen lícito como ilícito en su país de procedencia ; no obstante, la importación de los referidos productos de un Estado perteneciente a la Unión Europea no será punible cuando aquellos se hayan adquirido directamente del titular de los derechos en dicho Estado, o con su consentimiento.
3. Será castigado también con la misma pena quien fabrique, importe, ponga en circulación o tenga cualquier medio específicamente destinado a facilitar la supresión no autorizada o la neutralización de cualquier dispositivo técnico que se haya utilizado para proteger programas de ordenador o cualquiera de las otras obras, interpretaciones o ejecuciones en los términos previstos en el apartado 1 de este artículo.
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Leyendo atentamente ambos artículos, vemos que los cambios son escasos y de ahí que no alcance a entender la polémica que se ha levantado al respecto. Pero veamos esas modificaciones punto por punto:
- El párrafo primero no se modifica, pero es el más importante de cara a lo que nos interesa: la posible ilegalidad del uso de un programa P2P. El Código Penal actual sanciona a todo aquel que distribuya por cualquier medio(internet incluído) una obra literaria, artística o científica, así como cualquier transformación que se produzca de la misma. Pero lo que es decisivo es que esto se haga con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero. De este modo, el que descarga una canción para uso personal, para oírla en su PC o en su cadena, no está cometiendo delito alguno. ¿Por qué? Sencillo: no se hace con ánimo de lucro ni en perjuicio de tercero. Y es que, siendo el acusador el que debe probar el delito, deberá probar que, en el caso de no haber descargado esa canción, el usuario habría comprado el disco original, ya que sólo en ese caso se produciría un perjuicio al titular de esa canción, y habría un ánimo de lucro al haber obtenido ese beneficio económico: al descargarse la canción, no se compró el disco (y eso muy cogido por los pelos). ¿Y eso como se prueba? Sencillamente, no se puede. Lo que sí se puede probar es lo contrario: me descargué la canción y, como era una mierda, la borré y no me compré el disco.
De este modo, y puesto que no hay modificación del artículo, seguiremos en la misma situación que antes: el uso del P2P no es delito.
- El párrafo segundo simplemente amplía el supuesto legal a aquellos que importen deliberadamente ese material protegido tanto si es legal en el país del que procede como sino lo es. Así pues ¿en qué afecta esta modificación con respecto a la situación que tenemos ahora? Pues al usuario P2P, en nada.
- El párrafo tercero sí trae una modificación importante, yo diría que importantísima, pero que de nuevo en poco o nada afecta al usuario de una red P2P. Se sanciona al que posea los medios para desproteger las obras mencionadas en el párrafo 1. Si antes sólo se hablaba de los programas de ordenador (único material del que se impide la copia privada), ahora se incluyen también los discos o los DVD. Así pues ¿nos pueden detener por tener en nuestro PC el DVDShrink, programa destinado a adaptar un DVD de doble capa a uno de simple, quitándole la protección anticopia y pudiendo ser grabado en un DVD virgen? Pues sí, será delito tener ese software en el PC. Pero ¿cómo puede ser aplicable ese artículo en realidad? Para poder entrar en nuestro ordenador de casa hace falta una orden judicial, que sólo se obtiene si hay indicios claros de delito (en el caso del espionaje ilegal que ahora se hace, esa prueba así obtenida sería nula ante cualquier Tribunal de Justicia). De modo que ¿qué Juez va a autorizar la entrada a mi PC si yo no vendo nada, si yo no hago nada, si tan sólo lo uso para copiar lo que alquilo en el videoclub? ¿Qué indicios dejaría yo en ninguna parte para que la policía pueda obtener esa orden? La respuesta es clara: NINGUNO. De tal modo que no debe cundir el pánico, porque nadie va a meternos en la cárcel por bajarnos ese tipo de software de la red.
¿Por qué decía entonces que es importante esta modificación? Pues porque imposibilita la aplicación del Canon que la $GAE cobra ahora mismo por cada CD y DVD virgen que se vende, al entender que la mayoría se usan para copiar obras con derechos de autor. Si a mí me quitan la posibilidad de hacer una copia privada de un disco protegido por ser esta actividad ilegal al necesitar un software para quitar esa protección, estoy pagando por hacer algo que la ley me impide. Y eso es tanto como decir que la $GAE me está cobrando por realizar una actividad delictiva.Así que o quitan el canon, o quitan la protección de los cds y los DVDs, y como no creo que estén por la labor de hacerlo, a partir del 1 de octubre deberemos reclamar el coste del canon en las tiendas donde compremos los cds y dvds vírgenes y si es necesario pedir una hoja de reclamaciones y la factura desglosada donde se especifique la cuantía del citado canon.
Así pues, vemos que la tan anunciada reforma es más de lo mismo que tenemos ahora. Sospecho que ese miedo que se está creando en internet viene provocado, por un lado, por el desconocimiento con el que la gente se acerca a las leyes y, por otro, por el interés de ciertos grupos ($GAE, distribuidoras, etc) en intimidarnos, soltando globos sonda que hagan que muchos usuarios actuales de P2P se lo piensen antes de seguir descargando de la red. Porque, como hemos visto, el panorama va a cambiar muy poco respecto a lo que hoy en día tenemos. De modo que el que piense que descargar una canción hoy no es ilegal, deberá pensar lo mismo a partir del 1 de octubre, porque las modificaciones no afectan a estos programas.
En fin, si has llegado hasta aquí, enhorabuena :D se nota que te interesa el tema. Como vemos, al igual que ocurrió el verano pasado, se vuelve a intentar meter miedo a una comunidad enorme de usuarios, la mayoría de los cuales son, a la vez, clientes de las compañías que hoy pretenden criminalizarlos. Hay muchos estudios que demuestran que el usuario P2P sigue comprando discos y películas, pero eso no interesa decirlo. Todo esto al final será peor para ellos. Normalmente, cuando se cabrea a un cliente, se acaba perdiéndolo. Pues eso es lo que están haciendo hoy. ¿Qué pasará mañana? En sus manos está. Pero que nadie se asuste. Esto sigue como hasta ahora. Disfruten... mientras puedan.
Es verdad, ahora la calidad
Es verdad, ahora la calidad de la mayoría de la música, cine y literatura comercial es asombrosa...
Por eso se permiten el lujo de descatalogar los clásicos, comparados con lo de ahora son una auténtica birria, ¿verdad?
"Una obra ya divulgada puede
"Una obra ya divulgada puede ser reproducida sin autorización del autor cuando dicha reproducción se hace "para uso privado del copista" y siempre que la copia no sea objeto de utilización colectiva ni lucrativa."
Ley de Propiedad Intelecutal - Articulo 31
Contestacion
Hola ante todo!!
Es muy bonito decir que el descargarse cualquier cosa x internet (emule-lphant-kazaa....etc.) es pirateria pero a ver la pirateria pq existe? Es xq a una persona del campo le dio x sacar discos virgenes? No es porque a la mayor productora de discos virgenes (Sony) se le ocurrio la idea, ella es la que no pierde pq cuando vende un cd grabado de un cantante se lleva la parte del cd(cd fisico), y parte de si venta(discografica) antes cuando estaban los de vinilo xq no se pirateaba pq no kerian sacar algo que pronto pasaria a la historia pero ahora que existen los cd's ya no hay ese problema.
Entonces no digas que la culpa es de los consumidores pq realmente es de las grandes multinacionales como sony pq son realmente las que han echo que esto llege a estos extremos.
El sgae y FPI (federacion proteccion datos itelectuales) no deberian luchar contra los consumidores ya que hay mucho sino contra las empresas como sony que son las que aprueban la pirateria.
la culpa no es siempre del consumidor es simplemente un cliente.
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