Frikipedia derrotada por la demanda de la SGAE
Lo cuenta Krusher en su blog, ha sido condenado como administrador de la Frikipedia a pagar las costas del juicio y una indemnización de 400 y 200 euros respectivamente la SGAE y Pedro Farré. Más allá de que haya habido injurias o vejaciones (Gallir indica cómo encontrar uno de los textos en Google), supone todo un impacto a los administradores de sitios colaborativos tipo wiki o foro (o blogs con comentarios si me apuran): Krusher afirma que no tenía conocimiento de dicho artículo antes de la demanda, ni que aun siendo el administrador de la web cualquiera tenía derecho de modificación o creación de los artículos de la página sin su consentimiento previo.
Más allá de debatir si "actuaciones de intimidación tipo mafia" o "gansteres, atracadores y estafadores" constituyen una injuria o debería ampararse por la libertad de expresión (tengo mi opinión al respecto, pero como he dicho no soy abogado), lo que me preocupa es que condenen al administrador de la web si median las circunstancias que él alega: desconocimiento de que estaba allí antes de la demanda.
Antes de sentenciar nada (y sin dejar de mostrar mi solidaridad con él), espero los análisis de expertos en derecho que puedan explicar esta sentencia que a primera vista se salta el principio de que los prestadores de servicios de alojamiento o almacenamiento de datos no son responsables si no tienen conocimiento efectivo de que la actividad o la información almacenada es ilícita o de que lesiona bienes o derechos de un tercero susceptibles de indemnización (tal y como afirma la LSSI-CE).
En Banda Ancha han colgado los fundamentos jurídicos de la sentencia.
Actualización: David Maetzu y Andy Ramos comentan la noticia, explicando por qué no es aplicable la LSSI-CE.
Categorías destacadas
Temas destacados
Créditos
- Tema diseñado por Inma Bermejo
- Alojamiento web en Ferca Network

Comentarios
a recurrir
¿La cuestión no es al fin y al cabo la misma que en el tema de Youtube y la Cicarelli? Si la sentencia no es firme, espero que se recurra, porque si no me temo que será el fin de los sitios colaborativos: si quiero que condenen (o incluso cierren) una página que no me es simpática no tengo más que dejar algún recado en la sección comentarios...
Habría que ver también cuáles son las consecuencias (si es que las hay) de dónde está alojada la página.
¿Un empujón a la web 3.0?
PS: "cómo encontrar"
Cierto
De hecho la LSSI-CE ya contempla esto: si no hay conocimiento no hay responsabilidad para el administrador, por lo que o se demuestra que había conocimiento o no cabe sanción.
Alucino
con las llamadas a la "Libertad de expresión" en tantos y tantos blogs. Si fuese al revés (Farré condenado por llamar ganster a alguien) estarían todos brindando
Enviar un comentario nuevo