Alasbarricadas.org condenada por comentarios en su foro

Realmente preocupante y desconcertante la la condena a alasbarricadas.org en el juicio por la demanda interpuesta por Ramoncín por vulneración de su derecho al honor. La sentencia se puede descargar de la propia web, en la que anuncian que van a recurrir.

Será interesante leer los análisis de los expertos en derecho que como Canut anuncian reflexiones en torno a la sentencia tras estudiarla en profundidad, entre otros detalles será interesante discernir hasta que punto es aplicable la LSSICE a un sitio sin actividad económica. Pero, en cualquier caso, el caso de Ramoncín contra alasbarricadas.org es muy importante para todos los que gestionan webs que permiten la participación de los usuarios por las consecuencias que se pueden extraer de él.

La LSSICE resultó muy polémica por la aparición de la autoridad competente, que era la que podía señalar a los responsables de un sitio la presencia de contenido ilícito, comunicación tras la cual dicho contenido debía ser retirado con la "diligencia debida" o afrontar las responsabilidades que su publicación supusiese. Lo peor de esta sentencia es que carga a los "prestadores de servicios" con responsabilidades que van más allá de esta diligencia tras el aviso de un órgano competente. De hecho, llega a convertir a particulares en "autoridades competentes de facto", como explican detalladamente algunas de las reacciones que empieza a haber en los blogs:

  • Consultor anónimo: esta misma sentencia condenatoria es la primera resolución de un órgano competente en la que se dice que esos contenidos son ilícitos. Hasta ahora nadie había fijado la ilicitud de los mismos, por lo que es en este mismo momento cuando el propietario de la web tiene conocimiento efectivo de la ilicitud… por lo tanto no es posible condenarle, en la misma sentencia, por no haber retirado esos contenidos...
  • Caspa.tv: la sentencia convierte de forma práctica al demandante en la figura de "órgano competente".
  • Port666: Son agravantes el hecho de que los comentarios fuesen "accesibles al público en general a través de Internet (vía actual de mayor audiencia)", el hecho de que la web tuviese "gran afluencia de visitas" y el hecho de que el acusado no haya adoptado cautelas de limpieza de su web "poniendo moderadores" y "fiscalizando mensualmente los contenidos de su página".
  • Microsiervos: Insistiendo en que no soy abogado y a la espera de análisis más cualificados de la sentencia y del resultado del recurso contra la sentencia que ya se ha anunciado, tal y como yo lo veo esto es una señal clara de que en el futuro los responsables de cualquier blog o foro podrían -podrán- ser condenados por comentarios de terceros, y eso me parece algo especialmente preocupante y grave.
  • Mangas Verdes: Insistimos en la gravedad de este caso porque de prosperar en ulteriores instancias crearía un grave precedente haciendo responsables a los webmasters de los comentarios vertidos por los usuarios y sin que medie una resolución judicial que los declare ilegales de por medio.
  • El clan: Un antes y un después para la libertad de expresión en Internet.
  • Pablo Geo: todo apunta a que habrá que moderar los comentarios en nuestros blogs acerca de temas serios.

Comentarios

Imagen de Raúl Recacha

Y digo yo, mirando la

Y digo yo, mirando la noticia en 20minutos (por ejemplo) ¿por qué no ataca a esta gente Ramoncín? Ir por el débil es más fácil ¿verdad? Sería una vergüenza desde luego que alasbarricadas fuese condenada.

Pero la justicia tiene tanto de sin-vergüenza...

Imagen de s2b

les han pillao con el carrito del helao

He leido la sentencia y me temo que se ajusta a la ley. La clave es que el ofendido no tenía medios para avisar al "ofensor" sobre la existencia de los contenidos ofensivos:
- en la página no había dirección física a donde enviar un burofax.
- la dirección física del whois de la web estaba mal. Aunque suponer que un ofendido sabe usar un "whois" es dudoso.
- había una dirección de correo "info@...", pero la defensa no ha podido demostrar que era efectivamente atendida por alguien con capcidad para actuar sobre los contenidos. Como antes, suponer que el ofendido puede enviar un e-mail es dudoso.
La ley es clara: hay que poner la dirección física. En este caso, además de una posible sanción administrativa (que podría caer), la pérdida de la "diligencia debida" ha sido suficiente para justificar la ofensa al honor.
Toca ponerse las pilas... :(

Avatar de usuario visitante

s2b

Con la ley en la mano, esa jueza no admitio la testifical del servidor, que podía asegurar si el info@... funcionaba. La jueza se monta unas piruetas mentales que no parecen ni escritas por ella. No sólo hay que leerse la sentencia ;-)

Imagen de Javier Prenafeta

La sentencia me ha

La sentencia me ha sorprendido, no por la condena, sino por los motivos. Me parece muy peculiar y forzado cómo se evita la aplicación de la limitación de responsabilidad del art. 16 de la LSSI, cuando hubiera sido más fácil argumentar que realmente no es aplicable esa norma (no estamos hablando de un servicio de alojamiento de datos propiamente sino de un espacio de opinión).

También se podría haber entendido que la LSSI no es aplicable (en caso de no existir actividad económica, rendimiento, patrocinio...), y entonces se hubiera ido por el art. 30 del Código Penal, que habla de la responsabilidad de los medios, y que permite condenar al titular de una web por los comentarios de terceros sin identificar. Existen ya precedentes de esto.

Imagen de Toni.Martz

El trasfondo, sin duda, y

El trasfondo, sin duda, y más allá de que a Ramoncin se le reconozca que se le ha dallado el derecho al honor (juasss, lo que le importará a este tipo su honor) es poner cerco a la libertad de expresión en Internet por medio de una ley que tenían a su disposición desde hace tiempo y que todavía nadie había estirado.

Tradicionalmente este tipo de expresiones, más duras y de forma más soez que las del foro de alasbarricadas, y hacia personas mucho más respetables, se vienen dando en los bares o en muros o fachadas de nuestras ciudades sin que a sus propietarios se les exija ningún tipo de moderación. Ocurre, que Internet es un plato delicioso para imponer el temor y cualquier excusa puede ser buena para dar un paso adelante en su objetivo. Si esto sale adelante, todavía queda la esperanza de la apelación, los blogs y foros tendrán un trabajito extra y revisar minuciosamente que es lo que se comenta y si puede herir sensibilidades. Me veo a los programadores desarrollando filtros en los comentarios que contengan cadenas como “SGAE”, “Ramoncin” “Bautista”, al más puro estilo ECHELON :-)

En el peor de los casos, siempre quedarán rincones libres en Internet en donde se pueda despotricar sin temor a que te envíen a los tiburones, como por ejemplo, los grupos de noticias de Usenet que dicho sea de paso, a ver si reflorecen que en los últimos años están teniendo un importante bache de usuarios.
Saludos

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