Prohibido rellenar los cartuchos de impresora Lexmark
... en Estados Unidos. Un tribunal norteamericano ha fallado a favor de Lexmark en su demanda contra una empresa dedicada a la reutilización de cartuchos de tinta para impresoras (véase Corante vía Hispamp3). En este caso confluyen diversos aspectos que muestran a las claras la cada vez mayor tendencia a decidir por los usuarios finales con vista a abortar posibles usos de la tecnología que no redunden en mayor facturación.
Así en el caso de reutilizar un cartucho de tinta Lexmark según la sentencia se incumple el acuerdo que se establece al aceptar sus condiciones de uso, que vienen a ser que sólo puede ser utilizado una vez y por lo tanto no cabe relleno posible. Es más, el usuario comete una violación de patente y la empresa de reciclaje en inducción de la misma.
Al igual que ocurre con las canciones con DRM o con los equipos hardware que son una plataforma cerrada, el objetivo es que quien haya comprado un producto ya no sea su dueño, sino que posea una licencia restringida de su uso, idea proveniente del mundo del software. Así, ya no compramos discos, alquilamos canciones; no compramos una consola de videojuegos, tenemos una máquina que ejecuta sólo lo que el fabricante controla. Y esto sólo es el principio, los candidatos a sustituto del DVD (Blu-Ray y HD-DVD) tienen esta idea como primer principio de diseño.
Como siempre, no hay que importar conclusiones: la ley norteamericana sólo es válida allí, pero las multinacionales que nos regalan estas prácticas no van a parar hasta conseguir globalizarlas.