Enero 29, 2007

Nuevo IRPF y deducción por reinversión en vivienda

Escrito el Enero 29, 2007 02:10 PM en Impuestos , Invertir en vivienda .

El Ministerio de Economía y Hacienda ha introducido en el nuevo reglamento del IRPF que está elaborando un nuevo concepto de vivienda habitual, considerando como tal, a efectos de determinadas exenciones, aquélla que reúna esta condición en el momento de la venta, como sucedía hasta ahora, o en el año anterior.

El nuevo proyecto de Reglamento del IRPF (aún en fase de borrador), permite unos requisitos menos exigentes para acceder a la deducción por reinversión en vivienda, algo que afectará a millones de contribuyentes. El texto del borrador indica que, para este tipo de deducción por reinversión, Hacienda permitirá "considerar como vivienda habitual aquella que reúna tal condición en el momento de la venta del piso" o, incluso "en el año anterior".

Este es el dato interesante "el año anterior", ya que permite cambiar de piso antes de vender el viejo, y en un ejercicio fiscal diferente, irse a vivir al nuevo sin perder el criterio de residencia habitual a efectos fiscales

Hasta ahora se daba el caso de que Hacienda había denegado el carácter de residencia habitual para la 'vieja' vivienda a un contribuyente que se había trasladado a la nueva un año antes de vender la suya. Si la casa vieja pierde esta condición de residencia habitual, el contribuyente no puede deducirse posteriormente en el IRPF por la reinversión de las plusvalías generadas en la venta de la misma, lo cual le hace perder bastante dinero, al tener que tributar por esta plusvalía sin poder deducirse.

Vía Urbanoticias

Comentarios

vamos a ver si lo he entendido.

si yo quiero comprar un piso nuevo que me entregarian en 2009,y la vivienda que ahora tengo en propiedad la vendo este año, cuando me entreguen el nuevo,
¿seguire con las mismas deducciones como si se tratara del primer piso?

Escrito por jesus el Marzo 23, 2007 08:14 PM

Compré un piso en marzo de 2005 para fijar mi residencia habitual en 2006.
Por fin he conseguido vender mi anterior piso en julio de 2007.
¿me puede acoger a la deducción por reinversión (lo obtenido por la venta se ha destinado integramente a la amortización parcial de la hipoteca de la nueva vivienda) a pesar de hayan pasado más de 2 años desde la compra?
La situación del mercando inmobiliario a motivado que se acabara el plazo de 2 años, pero mi intención era haberlo podido vender antes.

Escrito por JUAN RAMON GIRALDEZ el Julio 8, 2007 10:13 PM

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