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Agosto 14, 2004

Los precios de alquiler con el Plan Trujillo dependerán de la localidad

Escrito el Agosto 14, 2004 11:02 AM en Alquiler .

El Estado está plenamente convencido de que el mercado del alquiler se reactivará gracias a las subvenciones que se otorgarán tanto a inquilinos como a caseros. Estos últimos recibirán hasta un máximo de 6.000 euros para realizar mejoras en los pisos y para contratar un seguro que cubra los posibles desperfectos o impagos.

Sin embargo, el 'quid' de la cuestión es si esa cantidad será suficiente, no sólo para poner la vivienda en perfectas condiciones -cosa que muchas de las fuentes consultadas por este suplemento ponen en duda-, sino también para animar al casero a alquilar su vivienda. Y más si, para acogerse a esas ayudas, los propietarios están obligados a arrendar el piso durante un mínimo de cinco años y, además, tienen que limitar la renta, tal y como aparece en la modificación del Real Decreto 1/2002, de 11 de enero.

En este sentido, la cantidad que se podrá pedir por el alquiler de una vivienda que se acoja a estas ayudas es uno de los pocos interrogantes que ya tiene respuestas. Y es que, la esperada subida del precio de la vivienda protegida por fin fue desvelada por la ministra de Vivienda, María Antonia Trujillo, en la Conferencia Sectorial celebrada el pasado viernes en Madrid.

De esta forma, el precio básico del módulo de las VPO ha quedado establecido en 674,94 euros, tras el incremento del 4% aprobado y publicado el pasado miércoles 28 de julio en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Lo que también se sabe es que los caseros no podrán pedir más del 7% del valor teórico máximo de la vivienda por el alquiler de la casa. Esa cantidad variará dependiendo de en qué municipio se encuentra la vivienda en cuestión.

En este sentido, para poder calcular el alquiler de la casa deberá multiplicar el precio básico nacional del módulo de la vivienda protegida por 1,25 veces el metro cuadrado y por la superficie útil de la casa. Además, dependiendo del municipio en el que se encuentre la casa podrá aplicar los coeficientes municipales 1,9, 1,55, 1,20 o 1,10, dependiendo de si la localidad pertenece al grupo 0, A, B o C de municipios catalogados como singulares (ver gráfico adjunto).
Rentas máximas

El resultado dará el valor teórico de la vivienda y, a partir de esa cifra, deberá calcular el 7% para saber cuál será la renta máxima de un año de alquiler.

Para que se haga una idea, si tiene una casa de 90 metros cuadrados en un municipio del grupo 0, como Madrid capital, el valor teórico de la casa será de 674,94 x 90 x 1.25 x 1,9, es decir, de 144.268,42 euros. Como el 7% de ese valor es 10.098,78 euros, el alquiler máximo que podrá cobrarle a su inquilino es de 841 euros al mes.

Si la casa se encuentra en el municipio del grupo A, el valor real de su hogar será de 117.692 euros, con lo que el alquiler máximo que le podrá solicitar será el 7%. Es decir, 686,5 euros al mes. Si el piso está en un municipio del grupo B, costará 91.116,9 euros, con lo que su inquilino le pagará, como máximo 531,5 euros al mes. Los propietarios de casas en los denominados municipios del grupo C, por su parte, recibirán un máximo de 487,2 euros mensuales.

Lo que no se sabe es en función de qué baremo el casero podrá cobrar finalmente ese máximo permitido o tendrá que establecer una cuantía menor. Como ésta, quedan muchas cuestiones por resolver. A día de hoy, poco más se sabe acerca de la medida para impulsar el mercado del alquiler.

Según el Ministerio de Vivienda, serán las Comunidades Autónomas las que tendrán que establecer los mecanismos de control necesarios para otorgar las ayudas así como comprobar que las casas se destinan al alquiler. Tampoco se sabe cuánta gente podrá acogerse a estas ayudas o si aquellos propietarios que hayan recibido la ayuda una vez, podrán volver a beneficiarse de la misma mientras sigan manteniendo sus casas arrendadas.

Más incógnitas: ¿Podrán solicitar esta subvención sólo los propietarios que tengan casas desocupadas o también podrán pedirla los caseros que, en la actualidad, ya tengan sus viviendas en el mercado?

Lo que ya es seguro es que la entrega de dicha ayuda se hará efectiva al titular de la casa una vez presentados el contrato de arrendamiento y la documentación justificativa de las reparaciones y seguros al órgano competente de la Comunidad Autónoma o de las ciudades de Ceuta y Melilla.

Por su parte, tal y como consta en la modificación del Real Decreto 1/2002, la cartera de Vivienda llevará a cabo las gestiones necesarias para coordinarse con las distintas comunidades autónomas así como con las agencias de alquileres y otras sociedades públicas que se creen con similar objeto social para hacer más transparente el mercado del arrendamiento.

Así pues, el éxito de la medida, no sólo dependerá de los caseros que se animen a alquilar sus casas, sino también de la gestión que lleven a cabo las correspondientes administraciones autonómicas.

Fuente: Su vivienda

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